¿Es posible que los arrendatarios se queden con un inmueble?

Existe la creencia de que al no pagar el arriendo, el inquilino adquiera la propiedad. Experto explica qué sucede en esos casos.
Cuando una persona
arrienda un inmueble, existe la posibilidad de que los acuerdos con el arrendatario no funcionen; o por el contrario que el dueño
del lugar no se sienta satisfecho con el inquilino de su propiedad.
Ante este escenario, existe la creencia común de que si tiene un mal
arrendatario, puede quedarse con el inmueble. No
obstante, esto no es cierto.
Se puede asegurar que esa posibilidad es un mito. “No existe posibilidad que un arrendatario sea propietario; pues el contrato de arrendamiento genera tenencia del predio y no titularidad”.
En caso de presentarse un no pago de los cánones de arrendamiento, el propietario debe iniciar un proceso de restitución para así obtener la devolución del inmueble.
Además, el propietario siempre podrá demostrar que el bien es suyo.
Cabe recordar que según la Ley 820 de 2003, que rige el arrendamiento de vivienda en Colombia, el aumento de los precios de arriendo se puede evidenciar únicamente cuando se cumplen 12 meses de haberse firmado el contrato.
La realidad en
Colombia es que el 44 % de las familias habitan
una vivienda arrendada, lo que corresponde a aproximadamente 6,3 millones de
hogares, según las cuentas de Fedelonjas, el gremio de propiedad raíz.
En población neta, el número de colombianos involucrados en un arriendo es
grande, teniendo en cuenta que el promedio de personas por
familia es de 3,1.
Crédito: apartes tomado
de portafolio.com